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Documento oficial sobre procedimientos de prevención de lavado de activos y verificación de clientes.

Política AML/KYC en Casino Atlantic

Casino Atlantic opera bajo normativas estrictas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (AML/CFT) y de verificación de identidad de clientes (KYC), en cumplimiento de las regulaciones peruanas establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR). Este documento describe las obligaciones y procedimientos aplicables como sujeto obligado ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

1. Marco regulatorio aplicable

Las políticas AML/KYC se fundamentan en:

  • Resolución SBS No. 03622-2025, que clasifica a operadores de juegos en línea y apuestas deportivas como sujetos obligados ante la UIF
  • Resolución SBS No. 01015-2026, que actualiza el marco AML/CFT para casinos, tragamonedas y operadores de apuestas remotas
  • Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF)
  • Normativas de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú

Estas regulaciones obligan a implementar un Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) basado en riesgo.

2. Verificación de identidad (KYC)

2.1. Requisitos en el registro

Todo usuario debe completar un proceso de verificación de identidad antes de acceder a los servicios de la plataforma. Los datos requeridos incluyen:

  • Documento nacional de identidad válido
  • Verificación de edad legal
  • Comprobante de domicilio
  • Origen de fondos cuando corresponda

No se permite el acceso a la plataforma sin la conclusión satisfactoria de este proceso.

2.2. Conservación de registros

Se mantienen registros actualizados de todas las verificaciones realizadas por un período mínimo de 5 años, disponibles para auditorías regulatorias. Estos registros incluyen:

  • Documentación de identificación presentada
  • Fecha y resultado de la verificación
  • Actualizaciones posteriores de datos
  • Historial de transacciones asociadas

3. Monitoreo de transacciones

3.1. Umbrales de registro

Todas las transacciones superiores a USD 2 500 o su equivalente en soles peruanos (PEN) se registran automáticamente en el sistema de monitoreo. Estos registros incluyen:

  • Monto y moneda de la transacción
  • Fecha y hora exacta
  • Método utilizado
  • Identificación del usuario

3.2. Detección de operaciones sospechosas

Se aplican controles automatizados y manuales para identificar patrones inusuales o sospechosos, incluyendo:

  • Transacciones inconsistentes con el perfil del usuario
  • Operaciones fraccionadas para evadir umbrales
  • Actividad desde jurisdicciones de alto riesgo
  • Cambios repentinos en patrones de uso

4. Reporte a autoridades

4.1. Reportes de transacciones sospechosas (STR)

Cuando se detectan operaciones que puedan estar relacionadas con lavado de activos o financiamiento del terrorismo, se reportan de manera inmediata a la UIF mediante Reportes de Transacciones Sospechosas (STR), sin notificación previa al usuario involucrado.

4.2. Oficial de cumplimiento

Existe un oficial de cumplimiento designado y registrado ante la UIF, responsable de:

  • Supervisar la implementación del SPLAFT
  • Coordinar los reportes regulatorios
  • Actualizar las políticas internas
  • Capacitar al personal

5. Debida diligencia ampliada

Se aplican procedimientos de debida diligencia no solo a usuarios, sino también a:

  • Directores y accionistas de la empresa
  • Empleados con acceso a sistemas críticos
  • Proveedores de servicios tecnológicos
  • Beneficiarios finales de transacciones corporativas

Esta verificación incluye antecedentes, origen de fondos y evaluación de riesgo según criterios establecidos por la SBS.

6. Restricciones operativas

6.1. Métodos de pago

No se aceptan depósitos directos en criptomonedas. Todas las transacciones deben realizarse mediante métodos que permitan trazabilidad completa y verificación de origen.

6.2. Acceso regulatorio

Los servidores y bases de datos del servicio están disponibles para inspección por parte de la SBS, MINCETUR y UIF en cualquier momento. La negativa a proporcionar acceso constituye infracción grave.

7. Capacitación y auditoría interna

7.1. Formación del personal

Todo el personal recibe capacitación periódica sobre:

  • Identificación de señales de alerta
  • Procedimientos de reporte interno
  • Normativas AML/CFT vigentes
  • Protección de datos sensibles

7.2. Auditorías

Se realizan auditorías internas anuales del SPLAFT y se presentan informes de cumplimiento a las autoridades competentes según el calendario regulatorio aplicable.

8. Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de estas políticas puede resultar en:

  • Multas de hasta 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por no reportar transacciones sospechosas
  • Sanciones de hasta PEN 40 000 por violaciones de conservación de registros
  • Suspensión o revocación de la licencia operativa
  • Responsabilidad penal en casos graves

9. Derechos y obligaciones del usuario

Los usuarios tienen derecho a:

  • Conocer qué datos personales se conservan
  • Solicitar la corrección de información inexacta
  • Comprender el motivo de verificaciones adicionales

Los usuarios están obligados a:

  • Proporcionar información veraz y actualizada
  • Cooperar con las solicitudes de verificación
  • No utilizar la plataforma para actividades ilícitas
  • Notificar cambios en datos de contacto o situación financiera

10. Actualización de políticas

Este documento refleja las normativas vigentes al momento de su publicación. La plataforma se reserva el derecho de actualizar estas políticas conforme evolucione el marco regulatorio peruano. Las modificaciones sustanciales serán notificadas a los usuarios con antelación razonable.

Para consultas sobre las políticas AML/KYC, los usuarios pueden contactar al oficial de cumplimiento a través de los canales oficiales de atención al cliente.